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viernes, abril 26, 2024
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CONSIDERACIONES GENERALES PARA DECLARAR ANTE EL SRI

POR: JORGE LUIS LAZO – ASESOR FINANCIERO

La preparación de información que se presenta a la administración tributaria es un tema en esencia técnico y deberá realizarlo su contador; sin embargo, no estaría de más que ese proceso sea realizado por un conocedor del área de impuestos. Asimismo, usted, como dueño de su emprendimiento, pero responsable también ante el Servicio de Rentas Internas (SRI) de la información que se presenta, debe tener claras al menos estas ideas:

1. La información que es parte de todo lo que presenta al SRI.

a. Hemos visto en el transcurso de las publicaciones la importancia de la información contable y de sus respectivos soportes. 

b. En este sentido deberá disponer de soportes (comprobantes de ventas, contratos proveedores, contratos de colaboradores, documentos de servicios recibidos o brindados) de toda la información que es parte de sus declaraciones:

– Sus ventas y sus compras

– Sus pagos a organismos de control (IESS, SIC, SRI, MRL)

– Sus pagos a colaboradores y proveedores

 

2. Los impuestos inmersos en las declaraciones.  Debe conocer que estos son los impuestos que se declaran y la frecuencia con que se hacen.

a. El impuesto al valor agregado. Se usa el formulario 104 y se declara de forma mensual.

b. Las retenciones. Se usa el formulario 103 y se declara de forma mensual.

c. El impuesto a la renta. Se usa el formulario 101 (empresas) o el 102 (personas naturales) y se declara de forma anual.

d. Finalmente, no olvide tener presente los Pagos del Anticipos de Impuestos a la Renta a realizar en Julio y Septiembre de cada año.

 

3. Los formularios y anexos de información.

a. Todos los formularios y validadores (al menos de consistencia matemática) de declaraciones están disponibles en la web www.sri.gob.ec

b. Los diseños de registro de información de los anexos mensuales y de los anexos anuales de retenciones de relación de dependencia se encuentran disponibles en la misma página web.

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