Las normativas ambientales que deben ser consideradas en los proyectos de construcción permiten realizar trabajos que no afectan al medio ambiente ni a la comunidad.
Es importante conocer que el primer inciso del artículo 86 de la Constitución de la República del Ecuador, obliga al Estado a proteger el derecho de la población a vivir en un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado, garantizando un desarrollo sustentable y a velar para que este derecho no sea afectado. Esto implica la preservación de la naturaleza.
La Ley de Gestión Ambiental (Art. 20), menciona que para el inicio de cualquier actividad que suponga riesgo, debe contarse con la licencia ambiental, otorgada por el Ministerio del Ambiente o, a su vez, éste le da autorización a través de un oficio a la institución encargada de regular en los sectores que se vaya a construir, ya sean estos municipios o prefecturas.
Este tipo de licencia, según la ingeniera ambiental Johanna Figueroa, puede ser autorizada para una persona natural o jurídica para la ejecución de un proyecto, obra o actividad que pueda causar impacto ambiental. En ella se establecen los requisitos, obligaciones y condiciones que el proponente de un proyecto debe cumplir para prevenir, mitigar o remediar los efectos indeseables que el proyecto autorizado pueda causar en el ambiente.
Estos estudios son de tipo técnicos que proporcionan antecedentes para identificar y evaluar los impactos ambientales generados. Esto aplica para proyectos que ya han iniciado actividades. Además, en este se describen las medidas para advertir, controlar, aminorar y compensar las alteraciones ambientales significativas.
“El estudio de impacto ambiental es el requisito indispensable para la obtención de una licencia ambiental y así proceder con el desarrollo de importantes proyectos constructivos”, expresa Figueroa.
El Libro VI de la Calidad Ambiental, emitido por el Ministerio de Ambiente, expresa (en el artículo 17) que el estudio de impacto ambiental debe ser realizado por un equipo multidisciplinario que responda técnicamente al alcance y la profundidad del estudio en función de los términos de referencia previamente aprobados. Los promotores o consultores que presenten estos informes son los responsables por la veracidad y exactitud de sus contenidos.
¿QUÉ CONTIENE UN ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL?
La actividad o proyecto propuesto deberá contener como mínimo lo siguiente:
- Resumen ejecutivo en un lenguaje sencillo.
- Descripción del entorno ambiental.
- Descripción detallada del proyecto.
- Análisis de alternativas.
- Identificación y evaluación de los
- impactos ambientales.
- Plan de manejo ambiental que contiene las medidas de mitigación, control y compensación de los impactos identificados, así como el monitoreo ambiental respectivo.
- Lista de los profesionales que participaron en la elaboración del estudio, incluyendo una breve descripción de su especialidad y experiencia.
La ingeniera ambiental hace mención a uno de los deberes que todo regulado con licencia ambiental debe cumplir, la emisión o descarga accidental. “Los regulados cuyas emisiones o descargas sean tratadas en una planta o sistema de tratamiento que atiende a más de una fuente, están obligados a dar aviso inmediato a la entidad encargada de la operación de la planta y a la DMA, cuando con una descarga o emisión ocasional, incidental o accidental originada por causas de fuerza mayor o casos fortuitos puedan perjudicar a su operación. Para ello, deberán contar con un plan de contingencias, aprobado por la DMA, que establezca, entre otros, los mecanismos de coordinación interinstitucional para controlar cualquier tipo de emergencia”.
SANCIONES
Las sanciones por diferentes incumplimientos van desde suspensión de actividades y/o clausura de ser el caso. Además, cobros de multas de entre 5 y 50 salarios básicos a la persona o a los responsables de la obra.
RECOMENDACIONES
La especialista en el tema indicó que es recomendable que durante la ejecución de un proyecto se cuente con el asesoramiento de un ingeniero ambiental. Este profesional es el responsable en obra de capacitar al personal para que cumplan con las normativas ambientales. Además, es quien informa a la comunidad sobre lo que comprende la obra, las molestias que se causarán por un determinado tiempo y también debe explicar los beneficios que obtendrá el sector una vez concluida la construcción.