miércoles, agosto 20, 2025
InicioSin categoríaCUMPLE CON TUS DEBERES Y HAZ RESPETAR TUS DERECHOS

CUMPLE CON TUS DEBERES Y HAZ RESPETAR TUS DERECHOS

Todo obrero de construcción (oficial, albañil, pintor, carpintero, fierrero, instalador sanitario, electricista, soldador, operador de maquinaria, entre otros) tiene por ley derechos y obligaciones reconocidos por organizaciones internacionales y el Estado Ecuatoriano.

Según nos explicó el Ing. Diego García Jaramillo, coordinador de la Unidad de Salud Ocupacional del Ministerio de Asuntos Laborales, Ecuador forma parte del acuerdo entre la Organización Internacional del Trabajo y la Comunidad Andina de Naciones, donde se puso en vigencia el Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo. Ahí se determinó, que los países miembros deben brindar las mejores condiciones de seguridad y salud a todos los trabajadores. Además, se reglamentaron las actividades de construcción y obras públicas para controlar los riesgos de accidentes.

García añadió que el artículo 143 de la Ley de Seguridad Social indica, que los trabajadores de la construcción, permanentes, temporales o, incluso, a prueba, deben ser afiliados obligatoriamente al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) y  protegidos por el Seguro General Obligatorio.

OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LOS TRABAJADORES

El Reglamento de Seguridad para la Construcción y Obras Públicas en su capítulo II estipula:

Art. 6.- Los trabajadores tienen las siguientes obligaciones en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo:

  • Cumplir con las normas, reglamentos e instrucciones de los programas de seguridad y salud en el trabajo que se apliquen en el lugar de trabajo, así como con las instrucciones que les impartan sus superiores jerárquicos directos.
  • Cooperar en el cumplimiento de las obligaciones que competen al empleador.
  • Usar adecuadamente los instrumentos y materiales de trabajo, así como los equipos de protección individual y colectiva.
  • Operar o manipular equipos, maquinarias, herramientas u otros elementos únicamente cuando hayan sido autorizados y capacitados.
  • Informar a sus superiores jerárquicos directos acerca de cualquier situación de trabajo que a su juicio entrañe, por motivos razonables, un peligro para la vida o la salud de los trabajadores.
  • Informar oportunamente sobre cualquier dolencia que sufran y que se haya originado como consecuencia de las labores que realizan o de las condiciones y ambiente de trabajo.

Art. 7.- Todo trabajador tendrá acceso y se le garantizará el derecho a la atención de primeros auxilios en casos de emergencia derivados de accidentes de trabajo o de enfermedad común repentina.

Art. 8.- Todos los trabajadores tienen derecho a desarrollar sus labores en un ambiente de trabajo adecuado y propicio para el pleno ejercicio de sus facultades físicas y mentales, que garanticen su salud, seguridad y bienestar.

Art. 9.- Los trabajadores serán informados sobre los riesgos laborales vinculados a las actividades que realizan en sus puestos de trabajo y la forma de prevenirlos.

Art. 10.- Los trabajadores o sus representantes podrán solicitar a la autoridad competente la realización de una inspección al centro de trabajo, cuando consideren que no existen condiciones adecuadas de seguridad y salud en el mismo.

Art. 11.- Sin perjuicio de cumplir con sus obligaciones laborales, los trabajadores tienen derecho a interrumpir su actividad cuando, por motivos razonables, consideren que existe un peligro inminente que ponga en riesgo su seguridad o la de otros trabajadores.

Art. 12.- Los trabajadores podrán cambiar de puesto de trabajo o de tarea por razones de salud, rehabilitación, reinserción y recapacitación, previo informe técnico que así lo recomiende.

 

OPINIONES

“Sé que es un derecho para todo obrero que nuestro patrono nos entregue los equipos de protección personal, eso nos permite laborar de forma
más segura”.
Alberto Flores
Contratista

“En la constructora en que trabajo se preocupan por darnos a conocer las obligaciones y derechos que tenemos, incluso hacen capacitaciones constantes sobre el buen uso de herramientas y maquinarias”.
Mauricio Peralta
Oficial

“No conozco de los derechos que tengo como obrero. Recién con casi 20 años trabajando como albañil me entero que existen leyes que nos protegen de accidentes”.
Hugo Cunuai Pante
Albañil

 

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

Más recientes