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sábado, abril 27, 2024
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¿QUIÉN REGULA LA SEGURIDAD DEL PERSONAL EN OBRAS DE CONSTRUCCIÓN?

El  Ministerio de Relaciones Laborales y el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (iess) son unas de las entidades encargadas de hacer cumplir los reglamentos de seguridad laboral.

Enrique Obando, Director Ejecutivo del Consejo Ecuatoriano de Seguridad Industrial, indicó que Ecuador tiene en vigencia, desde enero de 1.998, la normativa de seguridad aplicada a las labores de construcción, a través del reglamento publicado en el Registro Oficial.

“La aplicación de este Reglamento es importante: primero, porque se trata de una Ley de la República, y las leyes se han hecho para que los ciudadanos las observemos y cumplamos; y segundo, porque ya son muchas vidas las que se han perdido por la falta de aplicación de las normas de seguridad en la construcción”, expresó Obando.

Los artículos y disposiciones generales que componen el Reglamento de Seguridad para la Construcción y Obras públicas,  abarcan los riesgos derivados de las actividades a la intemperie, pasando por las normas que regulan acciones riesgosas, tales como los trabajos en altura, en espacios confinados o labores de soldadura. Además, algunos de los materiales utilizados en construcción son particularmente peligrosos, pues en algunos casos son productos inflamables.

Obando, explicó también, que contrariamente a lo que se tiende a pensar, la aplicación de normas de seguridad representa un ahorro para las empresas constructoras. “Prevenir accidentes significa evitar recargar los costos de obra por horas improductivas de trabajadores accidentados, sin contar con las sumas de dinero que se deben desembolsar por atención médica de emergencia, aún cuando el trabajador cuente con un seguro médico, sea particular o del IESS”.

Índices de frecuencia de accidentes, gravedad de accidentes o tasa de riesgos, son algunos de los indicadores que miden el grado de peligrosidad de una obra en ejecución.

Para aplicar la seguridad en la construcción, no se deben hacer distinciones entre una obra pública y una privada, ya que ambas conllevan los mismos tipos de riesgos. “En muchos casos, por ser la obra pública de mayor magnitud, la exposición a los riesgos es mucho mayor que en la actividad privada”, puntualizó el especialista en seguridad industrial.
 
Entes de regulación
El Ministerio de Asuntos Laborales y el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), son los dos principales organismos que regulan el cumplimiento de las normas y reglamentos de seguridad vigentes en el país. En el caso del Municipio de Guayaquil, son ellos quienes supervisan la seguridad exclusivamente de sus obras.

Diego García Jaramillo, coordinador de la Unidad de Salud Ocupacional del Ministerio de Asuntos Laborales, explicó que en Ecuador se aplica el Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo, a través de la Comunidad Andina de Naciones. Ahí se determinó, que los países miembros deberán mejorar las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, a fin de prevenir daños a la integridad de los trabajadores.

García, manifestó que el Ministerio de Asuntos Laborales, por medio de la Unidad de Salud Ocupacional, se encuentra realizando actividades en función del cumplimiento de las normas de seguridad con el personal en obra. “Visitamos constantemente las obras, donde nuestros técnicos identifican si dicha construcción ofrece o no las seguridades necesarias para los obreros”. Añade que otra forma para conocer si se cumplen estas leyes, son las denuncias de los trabajadores. “Ellos nos visitan en oficina, nos llaman e incluso escriben para indicarnos la realidad que viven y el trato que sus superiores les dan”, comentó.

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