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sábado, abril 27, 2024
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MIS RESPONSABILIDADES COMO PATRONO

Por: Jorge Luis Lazo
Asesor Financiero

En administración y bajo la legislación actual, uno de los temas más sensibles es la administración del recurso humano y las responsabilidades legales que se tienen con el personal. Aquí abordaremos, aunque de forma macro, la mayor cantidad de tópicos a tener presentes y que deberán cumplirse en el proceso de formalización de la relación laboral: 

  • Documentación de Hoja de Vida
  • Pruebas de capacidad, de acuerdo a la función que vaya a cumplir el potencial empleado. 
  • Entrevista. 
  • Patrono/colaborador deberán definir el salario mensual.
  • Suscripción del Contrato de Trabajo legalizado por el Ministerio de Relaciones Laborales (MRL). Nuestra Legislación determina 16 tipos de Contratos de Trabajo. 
  • Autorización de ingreso del nuevo empleado al Rol de Pago de la Compañía en el cual se indican: fecha de ingreso, posición, sueldo, etc.

Una vez iniciada la relación laboral, deben identificarse las obligaciones financieras patronales para con los colaboradores. Estas son:

1. CANCELACIÓN DEL SALARIO.

2. CANCELACIÓN DE LOS BENEFICIOS SOCIALES.

      2.1 DÉCIMO TERCER SUELDO. Equivalente a un sueldo anual que se paga hasta el 24 de diciembre de cada año (periodo: diciembre 1 a noviembre 30 del siguiente año). Se debe presentar    el formulario respectivo al MRL según el noveno digito de cada empresa. 

     2.2 DÉCIMO CUARTO SUELDO. Equivalente a un sueldo mínimo de USD 318 (periodo: marzo 1 a febrero 28 del siguiente año), a cancelar hasta el 15 de marzo de cada año. Aquí también se debe presentar el formulario respectivo al MRL según el noveno digito de cada empresa. 

3. VACACIONES: 15 días de vacaciones pagadas (24º parte de lo ganado al año).

4. FONDO DE RESERVA: Luego de haber cumplido un año de servicio (12º parte de lo ganado en el mes).

5. UTILIDADES: 10% para todo el personal y 5% por cargas familiares.

6. SALARIO DIGNO: Equivale a todos los pagos realizados durante el año corriente. Se divide para el tiempo trabajado durante el año corriente y, finalmente, se lo compara con el valor del Salario. Determinado por el MRL. En el año 2012 fue de USD 368.05 según Acuerdo Ministerial N.-7 R.O. 884 del 1 de febrero del 2013.

 

CLAVES DE ESTE ARTÍCULO:
1. Proceso de incorporación de colaboradores.
2. Responsabilidades financieras patronales.

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